A la cárcel hasta por tres años quien intimide a jueces o miembros de MP

Con la entrada en vigencia de la Ley núm. 74-25, que instituye el nuevo Código Penal en la República Dominicana, se imponen severas sanciones penales y económicas contra quienes intenten intimidar, amenazar o irrespetar a los actores del sistema de justicia en el ejercicio de sus funciones.

Dicha advertencia está establecida en el artículo 331 de la pieza legislativa, que entra en vigencia a partir del 6 de agosto, un año después de ser promulgada por el Poder Ejecutivo.

“Quien intimide o amenace a un juez, a un miembro del Ministerio Público, a un alguacil o a cualquier otra persona que ostente una función jurisdiccional, o a un árbitro, perito o intérprete, con el propósito de influir en sus decisiones o declaraciones, será sancionado con 2 a 3 años de prisión menor y multa de 9 a 15 salarios mínimos del sector público”, cita textualmente el referido artículo.

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